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Despenalizar y descriminalizar

Publicado en

despenalizaciónJ. Magalló/ El Glosario de criminología y criminalística de Wael Hika aborda con más detalle que la RAE el significado de despenalizar: «mecanismo en virtud del cual una conducta descrita en la ley penal como delito sale de esta esfera jurídica para ser sancionada en el ámbito de una jurisdicción diferente, de naturaleza civil, comercial o administrativa. No se trata, pues, de transformar una conducta ilícita en lícita sino de variar la naturaleza de la sanción imponible».

España es un ejemplo práctico que se ajusta a la definición. El consumo de cannabis está despenalizado desde que en 1983 el PSOE modificara el artículo 344 del Código Penal, a pesar de lo cual los consumidores de cannabis son acribillados a sanciones económicas.  Lee el resto de esta entrada